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Consultores de Datos le ofrece los siguientes servicios de consultoría de Protección de Datos: EVALUACIÓN INICIAL. Consiste en un análisis de sus sistemas de tratamiento de datos, estableciendo el grado de cumplimiento en su organización, proponiendo las pertinentes medidas correctoras de cara a garantizar el total cumplimiento. INSCRIPCIÓN DE FICHEROS EN EL REGISTRO GENERAL DE LA PROTECCIÓN DE DATOS. Se procede inicialmente a la identificación y análisis de sus ficheros de datos, procediendo posteriormente a su inscripción en el Registro General de Protección de Datos. ADAPTACIÓN A LOPD. Se realizan todas las tareas necesarias para la completa adaptación: análisis de ficheros e inscripción, elaboración de procedimientos de seguridad, elaboración de Documento de Seguridad, análisis de medidas técnicas, proposición de medidas correctoras, elaboración de documentos de encargo de tratamiento, clausulas informativas. ASESORÍA Y DEFENSA LEGAL: Nuestro equipo de expertos jurídicos le asesorará continuamente sobre cualquier duda que se le pueda plantear o problema que pueda surgir, en particular la defensa frente al ejercicio de derechos por parte de terceros. DOCUMENTOS. Elaboración particularizada de todo tipo de documentos relacionados con la LOPD o con la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico, así como en nuevas tecnologías en general. FORMACIÓN AL PERSONAL DE LA EMPRESA. Personal de amplia experiencia en la LOPD y en la formación puede impartir en su empresa cursos de formación y concienciación, asegurando el conocimiento de la normativa y de sus riesgos por parte de las personas intervinientes en el tratamiento de los datos. ADAPTACIÓN DE WEBS. Las páginas web están sujetas no solo a la LOPD, sino también a la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico, proporcionándole nuestra empresa los necesarios textos legales que deban aparecer en dicha web. ASESORAMIENTO CONTINUADO: Mediante este servicio nuestro personal puede realizar en su empresa u organización revisiones periódicas a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y medidas de seguridad aplicadas. AUDITORIA PERIÓDICA: Según la normativa debe realizarse al menos cada dos años sobre aquellos ficheros que resulten de nivel medio o alto.
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